Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho a la libertad por inobservancia del principio de celeridad como elemento del debido proceso; por cuanto, la autoridad demandada, no cumplió dentro del plazo establecido en el art. 251 del CPP, con la remisión de los antecedentes del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
- Fragmento 10
- III.2.
- CONFIRMAR