SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2018-S4

Fecha: 16-Oct-2018

ARTÍCULO 38. (REMISIÓN AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL)

ARTÍCULO 38. (REMISIÓN AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL). La resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución. El Auto de aclaración, enmienda o complementación, si lo hubiere, será elevado al Tribunal Constitucional Plurinacional inmediatamente después de la notificación a las partes”; y,