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    Sentencia Constitucional Plurinacional: 0672/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Sentencia Constitucional Plurinacional: 0672/2018-S2

    Fecha: 17-Oct-2018

    Celeridad.

    10.  Celeridad. La economía del tiempo procesal está edificada sobre un conjunto de institutos orientados a conseguir una pronta solución de las contiendas judiciales, impidiendo la inercia de las autoridades judiciales, partes, abogadas y abogados, y servidores judiciales. El Juez no podrá aplazar una audiencia o diligencia ni suspenderla salvo por razones que expresamente autorice el presente Código.

    • Partes:                              Jaime Eduardo Tapia Córtez
    • Fragmento 2
    • I.
    • II.
    • (ACTITUDES DE LA PARTE DEMANDADA).
    • (FORMA Y CONTENIDO).
    • Saneamiento.
    • Celeridad.
    • (DERECHO AL DEBIDO PROCESO).
    • No obstante, un acto procesal podrá ser invalidado cuando carezca de los requisitos formales indispensables para la obtención de su fin
    • podrá
    • CONFIRMAR

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