SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2018-S4
Fecha: 16-Oct-2018
Fragmento 15
En ese sentido, y considerando que la problemática planteada en esta acción de libertad, se centra en la presunta dilación en el tratamiento de la apelación de medidas cautelares del ahora accionante, respecto de la cual, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, no tiene tuición alguna, en el marco de la jurisprudencia glosada en la SC 1651/2004-R de 11 de octubre, que respecto a la observancia de la legitimación pasiva en las acciones de libertad, determinó que para su procedencia, debe existir coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos fundamentales del accionante y aquélla contra la cual se dirige la acción, y asimismo que dicha ausencia de la aludida coincidencia, impide el análisis de fondo de los hechos denunciados, lo que efectivamente acontece en el caso, no corresponde análisis alguno con relación a los supuestos actos lesivos atribuidos a esta autoridad, lo que implica la denegatoria de la tutela constitucional con relación a esta última.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- Fragmento 15
- REVOCAR en parte