SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2018-S4
Fecha: 25-Oct-2018
concedió
El Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal Primero de Huanuni del departamento de Oruro, en suplencia legal del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Poopó del mismo departamento, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 02/2018 de 30 de abril, cursante de fs. 220 a 224 vta., concedió la tutela impetrada, disponiendo que la Sociedad Minera ILLAPA S.A.-BOLIVAR, en el plazo de tres días de su legal notificación procedan a la reincorporación de Juan Carlos Pérez Pérez, en el mismo puesto de trabajo que ocupaba, debiendo también restituírsele los salarios devengados así como también reconocerse en su favor todos sus beneficios sociales; bajo los siguientes fundamentos: i) La empresa demandada al observar que sus trabajadores desplegaban una conducta que burló los reglamentos y estatutos internos, resguardando el debido proceso y el principio de presunción de inocencia, debió iniciar un proceso administrativo disciplinario interno para determinar si efectivamente el trabajador incurrió en la falta acusada, que amerite la expulsión o destitución de su trabajo; ii) No existe documento que evidencie que la empresa minera ILLAPA S.A. – BOLIVAR hubiera realizado un procedimiento adecuado para resolver el contrato por incumplimiento; y, iii) El accionante sufrió un despido directo por parte de la Sociedad Minera ILLAPA S.A.- BOLIVAR, sin proceso administrativo disciplinario previo vulnerando el debido proceso, derivando en la lesionó del derecho al trabajo y la estabilidad laboral.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de la estabilidad laboral y los mecanismos de protección inmediata
- Fragmento 11
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. El cumplimiento obligatorio e integral de la Conminatoria de Reincorporación Laboral
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR