SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2018-S4

Fecha: 25-Oct-2018

II.1.

II.1.  Por informe 228/2017 de 17 de noviembre, Henrry Daniel Contreras López, Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, concluyó que si bien el empleador puede despedir a un trabajador por las causales previstas en los arts. 16 de la LGT y 9 de su Reglamento, dicho despido debe ser resultado de un proceso administrativo interno o en su defecto de una imputación formal dentro una acción penal, caso contrario es injustificado, por lo que no habiéndose presentado ningún justificativo que sustente la afectación a la estabilidad laboral, del trabajador Juan Carlos Pérez Pérez, su desvinculación laboral se produjo sin causa legal justificada, sin un debido proceso; por lo que recomendó se emita la correspondiente conminatoria de reincorporación (fs. 14 a 21).