SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0700/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian que la demandada -hija de la dueña de la casa en la que viven bajo un contrato de alquiler-, les “sonsacó” dinero, con promesas de cambiar su contrato de alquiler por uno de anticresis; posteriormente, en vista que no se dio tal cambio, se resistieron a darle más dinero; por ello, de manera arbitraria, mediante acciones de hecho, vulneró sus derechos de acceso al servicio de agua potable y alcantarillado, que provee SEMAPA a todo el inmueble y el servicio de energía eléctrica que suministra la Empresa ELFEC S.A., mediante el colocado arbitrario de candados hacia las cajas, dejando a toda la familia, sin acceso a esos servicios básicos, motivo por el cual interpone la presente acción tutelar; solicitando, se restituya el acceso de su familia a los servicios básicos y que se prohíba a Noelia Caballero Zelada, de cometer esas arbitrariedades.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- i)
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- Fragmento 18
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 22
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas