Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denunció como vulnerados los derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa; toda vez que, la Jueza de Instrucción Penal Décima de la Capital del departamento de Santa Cruz, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no ejecutó el Mandamiento de Libertad dispuesto a su favor, incurriendo de esta manera en dilaciones indebidas; vale decir, que en dicho acto existió falta de celeridad; consecuentemente, solicita se conceda la tutela y se ordene su inmediata libertad, ya que “…es padre y madre para su hija de 7 años y sea con las sanciones correspondientes a los denunciados” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho