SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2018-S3

Fecha: 10-Oct-2018

a)

Sandra Margarita Parra Flores, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito presentado el 1 de agosto de 2018, cursante a fs. 20 y vta., expresó que: a) Efectivamente se llevó a cabo la audiencia de objeción de querella, que fue rechazada; b) Una vez concluida la misma, se puso en conocimiento de las partes su continuidad para la consideración de medidas cautelares del accionante, sin ninguna observación o reclamo alguno; c) En audiencia por orden de prelación se escuchó al Ministerio Público, Víctima e Imputado y a la conclusión de sus exposiciones, se dictó el correspondiente Auto Interlocutorio, no sin antes realizar una ponderación y valoración de todos los elementos indiciarios y la prueba aportada por el impetrante de tutela, por lo que determinó su detención preventiva al establecer la concurrencia de los arts. 233.1 y 2; 234.1, 2, 4, 8 y 10; y, 235.2 del CPP; y, e) Por memorial de 30 de julio del citado año, el solicitante de tutela presentó recurso de apelación; y, en cumplimiento de los   arts. 132 y 251 de la precitada norma, el 31 de igual mes y año, se emitió el proveído correspondiente concediendo el mencionado recurso y ordenó la remisión de antecedentes con la provisión de recaudos por la parte apelante; sin embargo, de manera apresurada y sin observar la normativa, interpuso la acción de libertad cuando aún no fue notificado con el decreto referido; por lo que, solicitó se deniegue la tutela.