Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0698/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
1)
En consecuencia, correspondía en revisión verificar si tales extremos eran evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para tal efecto, la SCP 0698/2018-S2 debió analizar los siguientes temas: 1) El debido proceso vía acción de libertad con relación al estándar jurisprudencial más alto; 2) Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal; 3) La finalidad de la notificación en el proceso; y, 4) Análisis del caso concreto.
- I.
- a)
- 1)
- II.1.
- Fragmento 5
- En ese entendido, bajo una interpretación literal de dichas normas, pero también atendiendo a una interpretación teleológica de las mismas, debe señalarse que la garantía del debido proceso en materia penal es tutelable por la acción de libertad, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad física o personal, siendo suficiente la existencia de una relación indirecta con dicho derecho ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone
- debe ser una premisa en esta su labor, el garantizar
- el estándar jurisprudencial más alto se encuentra contenido en la SCP 0217/2014, por cuanto no limita la protección de la garantía del debido proceso vía acción de libertad a la existencia de indefensión absoluta y vinculación directa con el derecho a la libertad
- II.2. Competencia para conocer solicitudes en relación a la aplicación o modificación de las medidas cautelares ante la interposición de la acusación fiscal
- la SCP 0206/2019-S2 de 9 de mayo
- Reconducción
- actividad dirigida a:
- es necesario que cumplan con su finalidad, que es dar a conocer a las partes o interesados de las resoluciones o providencias dictadas en los procesos, para que los litigantes queden en situación de poder ejercitar de manera oportuna y eficazmente sus derechos en la causa, ya que solo mediante la notificación, la actuación respectiva de la parte llega a ser existente para la otra parte o la cual se notifica
- resulta aquél que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocada
- conforme a los siguientes argumentos que plantea la suscrita Magistrada
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal