Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0726/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
CONFIRMAR
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Juez de garantías al conceder la tutela impetrada, evaluó correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al caso; consiguientemente, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0726/2018-S2 de 31 de octubre, debió CONFIRMAR la Resolución 5/2018 de 14 de mayo, cursante de fs. 165 a 169 vta., emitida por el Juez Público de Familia Décimo Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia:
- I.
- a)
- 1)
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- por una parte
- Por otra parte
- II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER
- 2° Disponer
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal