0718/2018-S1 de 8 de noviembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0718/2018-S1 de 8 de noviembre

Fecha: 08-Nov-2018

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción de defensa, que se constituyen en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados por la accionante, se identifica como problema jurídico a resolver el siguiente: La impetrante de tutela denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la seguridad social, a la salud, al trabajo, a la maternidad segura del ser en gestación, a la inamovilidad laboral, a la “seguridad jurídica” y a la petición por parte de la CSBP, entidad con la cual firmó dos contratos a plazo fijo en tareas propias y permanentes que no fueron visados por la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, encontrándose embarazada antes de la conclusión de la segunda relación contractual de acuerdo a la ecografía emitida por PROSALUD, lo cual pese a ser puesto a conocimiento de la entidad demandada, la Jefa de Bienes y Servicios de dicha institución, le hizo conocer vía correo electrónico que se iniciaría el proceso de pago de beneficios sociales, instruyéndole hacer la entrega de documentos y trabajos pendientes; ante ello, el 5 de enero de 2018 la ahora peticionante de tutela presentó denuncia de despido injustificado ante la Jefatura Departamental de Trabajo del citado departamento, instancia que emitió la conminatoria de reincorporación a la entidad demandada, la cual pese a su legal notificación, incumplió tal determinación.

En consecuencia, para una mejor comprensión de los fundamentos jurídicos de la presente disidencia, el eje temático que motiva el análisis para resolver la problemática planteada radica en el cumplimiento integral de la conminatoria de reincorporación, a este efecto se cita la jurisprudencia respectiva.