AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2018-CA

Fecha: 27-Nov-2018

Los conflictos de jurisdicción entre la ordinaria, agroambiental

Asimismo, respecto a los conflictos entre la jurisdicción ordinaria y la  jurisdicción agroambiental, el art. 14.I de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), determina que: “I. Los conflictos de jurisdicción entre la ordinaria, agroambiental, especializada e indígena originario campesino, se resolverán por el Tribunal Constitucional Plurinacional” (las negrillas son nuestras).