Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2018-CA
Fecha: 28-Nov-2018
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución 01/2018 de 5 de noviembre, cursante de fs. 131 y vta., pronunciada por el Juez Agroambiental de Caranavi del departamento de La Paz; y
- Juez Agroambiental de Caranavi del departamento de La
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- antes de la ejecutoría de la Sentencia
- no concurre prohibición alguna para que pueda interponerse en ejecución de sentencia
- Fragmento 8
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- II.5. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR