SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018

Fecha: 09-Nov-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En la presente acción, se cuestiona la constitucionalidad del art. 441 inc. 1) del CPP, por ser presuntamente contrario al art. 117.II de la CPE, toda vez que según lo expresado, el plazo establecido en dicho precepto normativo para proceder a la cancelación del registro de las sentencias condenatorias ejecutoriadas es después de transcurridos ocho años de la extinción de la pena privativa de libertad, lo que lesionaría la rehabilitación inmediata de sus derechos (art. 117.II de la CPE), siendo que por Auto de 25 de enero de 2012, pronunciado por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Cochabamba fue resuelto a su favor el incidente de prescripción de la pena impuesta mediante Sentencia condenatoria de 14 de mayo de 2003, sin determinar la cancelación de sus antecedentes penales.