SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2018-S2
Fecha: 08-Nov-2018
denegando
Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, pronunciaron la Resolución 23/2018 de 10 de octubre, cursante de fs. 25 a 28, denegando la tutela impetrada, fundando en los siguientes puntos: a) Noel Arturo Vaca López, refiere que tiene varias denuncias penales seguido en su contra por Sergio Maldonado Arancibia, por consiguiente y conforme a lo establecido en el art. 54.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debió acudir previamente ante la autoridad judicial quien tiene competencia para conocer y resolver de manera eficaz y oportuna las denuncias realizadas o en su defecto podía acudir ante el Juzgado de Ejecución Penal, pero no lo hizo; y, b) Asimismo refirió que tiene en peligro su vida; sin embargo, no señaló de qué modo, únicamente hizo referencia a la necesidad de contar con mobiliario médico respecto a su padre, no obstante, no tomó en cuenta que de acuerdo a la SC 0478/2011-R de 18 de abril, la tutela del derecho a la vida, procede cuando se halla relacionado con el derecho a la libertad, situación que en el presente caso no ocurre.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II
- III.1.
- configurándola como una garantía esencial que, además de la libertad, resguarda el derecho a la vida como bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano
- la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste
- ‘que considere que su vida está en peligro’
- ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- III.2.
- CONFIRMAR