SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S4

Fecha: 14-Nov-2018

III.2. Análisis del caso concreto

El accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la propiedad privada, a la defensa, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales, legalidad de la prueba y a la tutela judicial efectiva, alegando que los argumentos expuestos en el Auto de Vista 44, no reflejan los errores procedimentales que generaron en primera instancia la anulación de obrados por la existencia de una actividad procesal defectuosa; y en contrario, de manera equivocada efectúan un análisis sobre la vigencia de la Resolución de Directorio 01-005-09 de 12 de marzo de 2009 –Documento base para el inicio del proceso penal–.

Verificados los antecedes, se advierte conforme las Conclusiones II.1 y 2 del presente fallo constitucional, que emergente de un incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa planteado por el ahora accionante, se emitió el Auto Interlocutorio 44/2013 de 22 de febrero, por el que, el entonces Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, estableció que el documento que dio origen al proceso penal, fue elaborado en base a una Resolución de Directorio de la ANB, que a esa fecha se encontraba vencida, disponiendo la nulidad de obrados; por lo que, en mérito a dicho fallo tanto la parte querellante como el Ministerio Público, interpusieron recurso de apelación incidental (Conclusión II.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional), logrando revocar la decisión asumida por el Juez a quo, esto a través del Auto de Vita 44, mismo que es motivo de la presente acción de defensa.