SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2018-S2

Fecha: 26-Nov-2018

concedió

La Sala de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17 de 8 de junio de 2018, cursante de fs. 88 a 92, concedió la tutela impetrada por la accionante, disponiendo que las autoridades judiciales demandadas, dicten nuevo fallo con la debida motivación y fundamentación. La señalada Resolución se fundamentó en que: i) Los Vocales demandados, señalaron que los imputados desvirtuaron el peligro de obstaculización previsto en el art. 235.1 y 2 del CPP, sin embargo, no mencionaron de manera fundamentada de qué modo se desvirtuó dicho peligro procesal; y, ii) El legislador consideró que el peligro procesal de obstaculización, tiene un elemento subjetivo y otro objetivo, el primero se refiere a la consideración de la personalidad del imputado de que vaya influir negativamente, ligado a los enfoques sobre la vida, la realidad, la legalidad e ilegalidad; y, el segundo elemento está condicionado en las posibilidades materiales, es decir de falsificar, destruir las posibilidades materiales y de influir negativamente sobre los peritos. Sin embargo, las autoridades demandadas, a tiempo de concluir que los imputados enervaron el peligro de obstaculización, inmerso en el art. 235.1 y 2 del CPP, no manifestaron cómo el imputado cambió su personalidad, su visión de vida, conducta y la forma de ver la realidad, menos señalaron en qué sentido, circunstancia y razón ya no representa un peligro; es decir, no realizaron la debida fundamentación.