SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2018-S2

Fecha: 26-Nov-2018

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Debido a un asalto a mano armada, con ingreso violento a domicilio, la madrugada del 6 de enero de 2016, los ahora acusados Ernesto Rojas Arauz, Giomar Alejandra Muñoz Tomas, Freddy García, María Torrez Bogado, Silvana Lizet Coímbra y otros, ejerciendo prácticas de tortura, procedieron a embolsarlo a su esposo a fin de que revele donde se encontraba el dinero, a cuyo efecto los nombrados acusados robaron la suma de $us106 000.-(ciento seis mil dólares estadounidenses), que estaba destinado a cubrir el cuarto estudio médico de quimioterapia de su esposo Orlando Freddy Moreno Reus.

Meses después, los principales acusados, Ernesto Rojas Arauz y Giomar Alejandra Muñoz Tomas, fueron aprehendidos y remitidos con detención preventiva, por orden de la autoridad jurisdiccional de la causa. Luego de varios pedidos de cesación de la detención preventiva y ante la apelación incidental impetrada por los acusados, el 14 de marzo de 2018, los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados- resolviendo el referido recurso a través del Auto de Vista 67 del mencionado mes y año, confirmaron parcialmente la Resolución apelada de 30 de enero de 2018, manteniendo la detención preventiva del acusado principal Ernesto Rojas Arauz, por la concurrencia de los presupuestos establecidos en el art. 233.1 y 2; y, 234.8 y 10 del Código de Procedimiento Penal; (CPP), empero, sin la debida fundamentación y motivación establecieron que se dio por desvirtuado el art. 235.1 y 2 del citado Código adjetivo penal, referido al riesgo procesal de obstaculización.