SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

II.4.

II.4.  Por Auto 37 de 22 de marzo de 2016, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, declaró probada la excepción de falta de fuerza coactiva y ordenó a la CPS del referido departamento emitir una nueva nota de cargo en base a una correcta liquidación, sobre el sueldo cotizable y el aporte patronal de Claudia Pedraza Vargas y Reinaldo Leigue Yery, quiénes recién fueron dados de baja por la empresa coactivada el 23 de agosto de 2012, por lo que la obligación social de la empresa se encuentra vigente hasta la fecha referida, conforme al “…art. 8 del D.L. N° 13214 de 24 de diciembre de 1975…” (sic), consecuentemente para tramitar la ejecución de la nota de cargo se requiere la perfección del título coactivo, aspecto que no concurre en el caso presente; e improbada la excepción de oscuridad e imprecisión, así como la demanda coactiva social (fs. 136 a 140 vta.).