AUTO CONSTITUCIONAL 0397/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0397/2018-CA

Fecha: 12-Dic-2018

1)

Lamentablemente, el 9 de mayo de 2018 el Sindicato de Trabajadores San Cristóbal presentó ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social un pliego petitorio de 23 puntos, pretendiendo la modificación e incremento de las dádivas voluntarias anteriormente descritas, como si fueran de carácter obligatorio, exigiendo además la otorgación obligatoria de otros conceptos extralegales, como ser: 1) La entrega de un presente a los trabajadores el 1 de mayo de cada gestión; 2) La dotación anual de tres camisas, tres pantalones, un chaleco, campera, overol térmico y botines de seguridad; 3) La entrega de un vale educativo anual para los hijos de todos los trabajadores en edad escolar; 4) La entrega de material para eventos deportivos y campeonatos de los trabajadores; y, 5) El pago de todos los gastos de alimentación, hospedaje, transporte, director técnico e implementos para eventos deportivos; peticiones que se alejan de los derechos laborales establecidos por ley.

 2. Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades” (las negrillas son agregadas).