AUTO CONSTITUCIONAL 0402/2018-CA
Fecha: 20-Dic-2018
I.2. Resolución de la autoridad jurisdiccional ordinaria
Por Resolución 121/2018 de 19 de noviembre, cursante de fs. 1905 a 1906 vta., el Juez Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Caranavi del departamento de La Paz, dentro el proceso civil de reivindicación seguido por Elena Márquez Márquez contra Noel Armando Vásquez Velásquez y otros, se declaró incompetente, fundamentando que dentro de la acción de libertad interpuesta por Timoteo Maraza Maraza y Romer Antonio Rodríguez, en representación sin mandato de Noel Armando Vásquez Velásquez, Nicolás Jáuregui Quispe, Sonia Velásquez Vásquez y los menores NN contra Alfredo Tapia Valencia, Juez Agroambiental y Javier Vargas Arancibia, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero, ambos de Caranavi del departamento de La Paz; el Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Riberalta del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, en la Resolución de 30 de octubre de 2018, pese a su condición de autoridad jurisdiccional, le consignó como tercero interesado en dicha acción tutelar, lo cual considera una irregularidad, porque no tiene interés alguno en ese proceso civil; tampoco podría salir perjudicado, razón por la cual no correspondía conceder la tutela en su contra.