AUTO CONSTITUCIONAL 0467/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0467/2018-RCA

Fecha: 05-Dic-2018

improcedencia

La Jueza Pública Mixta de Familia e Instrucción Penal Primera de Vinto del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 7 de noviembre de 2018, cursante de fs. 644 a 645 vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, señalando que: 1) El accionante no presentó ningún recurso contra la providencia de 19 de junio de 2018, olvidándose del recurso de reposición previsto en el art. 401 del CPP y de esta manera se consintió la determinación -ahora cuestionada-, pues si se creía que existía error en la mencionada providencia debía plantear el recurso de reposición y al contrario solicitó comisión instruida para la notificación a la fiscal con el traslado del incidente interpuesto; 2) Debió agotarse la instancia de reclamo en la vía ordinaria y una vez culminado el procedimiento en todas sus fases, de considerar que aún se conculcaban sus derechos, podría acudir a la jurisdicción constitucional; y, 3) No se demostró haberse agotado todas las etapas con carácter previo a la presentación de la acción tutelar; por lo que, existe imposibilidad de ingresar al análisis de fondo, decisión tomada conforme el art. 53.2 y 3 del Código Procesal Constitucional (CPCo).