AUTO CONSTITUCIONAL 0474/2018-RCA
Fecha: 07-Dic-2018
Fragmento 11
Por otra parte, se tiene que dentro del proceso de verificación de deudas tributarias del IVA realizado en la Gerencia Distrital de Oruro del SIN a la empresa hoy accionante se emitió la referida Resolución Determinativa, estableciéndose una deuda tributaria de UFV’s 2 586 017.- (dos millones quinientos ochenta y seis mil diecisiete unidades de fomento a la vivienda); para garantizar el pago de dicho monto adeudado, por memorial de 22 de marzo de 2016, el Gerente Distrital Oruro a.i. del SIN, acudió ante el Responsable Departamental de Recursos de Alzada de Oruro de la ARIT-La Paz pidiendo que autorice la aplicación de medidas precautorias de anotación preventiva sobre un inmueble de propiedad de la mencionada empresa minera (fs. 119 a 121), la citada autoridad, expidió el Auto Administrativo ARIT-ORU-0001/2016, a través del cual autorizó a la aludida Gerencia Distrital Oruro del SIN para que en el caso concreto adopte la medida de anotación preventiva sobre el bien inmueble ubicado en la Av. España de la ciudad de Oruro, de propiedad de COPROMIN S.R.L. (fs. 240 a 243).
- Fragmento 1
- Jueza Segunda de Partido de Trabajo, Seguridad Social Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributario en turno de la Capital - Oruro
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse
- se entiende que quien considere que sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales fueron menoscabados o amenazados, debe previamente reclamar dicha lesión ante las autoridades judiciales o administrativas para su restablecimiento, agotando los mecanismos legales idóneos para el efecto, de manera que ésta pueda adoptar las medidas tendientes a prevenir o en su caso corregir la restricción o supresión alegadas, y en caso de no obtener la reparación alegada, entonces recién corresponderá trasladar su reclamo ante este órgano de justicia constitucional, dentro de los términos establecidos en las normas constitucionales
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR