SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2018-S3

Fecha: 20-Dic-2018

a)

El accionante por medio de su abogada, a tiempo de reiterar y ratificar los argumentos de la acción de amparo constitucional, expresó que: a) Las irregularidades que lesionaron sus derechos fundamentales, concluyeron con la emisión de una Resolución Final, mediante la cual se decidió expulsarle de la organización sindical, sin haberle permitido ejercer su derecho a la defensa; b) El Estatuto Orgánico del SMMBTTCC, establece un tribunal de apelación, el cual por sus características, no es un juez natural, y los plazos establecidos para la defensa e impugnación son demasiado cortos; sin embargo, mediante la acción de amparo constitucional, se busca restablecer los derechos fundamentales vulnerados; c) La Resolución del Tribunal de Honor demandado, fue emitida después de la presentación de la acción tutelar; y, d) Se debe condenar en costas y multas a los demandados, por cuanto con sus medidas de hecho le ocasionaron una serie de gastos.

Por su parte, David Francisco Choque Cardozo y José Hugo Michel Meneses, también coprocesados sindicalmente; en audiencia de consideración de la presente acción de defensa, mediante sus abogados, expresaron que: a) De acuerdo al art. 17 del Estatuto Orgánico del SMMBTTCC, las Asambleas de bases son magnas; por lo que, habiendo esta instancia dispuesto que se les aperture un proceso sindical, puso a derecho al accionante; y, b) Dentro del proceso sindical que se cuestiona, fueron eximidos de responsabilidad; por lo que, consideran que mediante una valoración objetiva, se debe denegar la tutela solicitada.