SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2018-S3

Fecha: 03-Dic-2018

III.2.  Análisis en el caso concreto

           El accionante identifica como acto lesivo a sus derechos la Resolución  Jerárquica FDC/OVE IS 400/2017 de 19 de junio, que revocó la Resolución de Sobreseimiento de 30 de enero del mencionado año, emitido a su favor; sin la debida fundamentación y motivación, constituyéndose inclusive en una resolución ultra petita, puesto que se analizaron cuestiones que no fueron solicitadas por el objetante.

           De la revisión de los antecedentes y conforme los datos consignados en las Conclusiones del presente fallo constitucional, se advierte que dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Carlos Horacio Arana Borda, Gonzalo Enrique Cordero Valdés y Ronal Fabián Díaz Velasco representantes legales de la empresa CHARLES ET FRANCOIS LTDA., contra  Maximo Ansaldo Saucedo -accionante- por la presunta comisión del delito de falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado; el prenombrado solicitó sobreseimiento el 19 de diciembre de 2016 (Conclusión II.1); las fiscales de Materia Mirian Escobar López, Ingrid Mónica Mercado Hinojosa y Ana María Sánchez López, dictaron Resolución de Sobreseimiento de 30 de enero de 2017, a favor del peticionante de tutela (Conclusión II.2); determinación que fue objetada por la empresa CHARLES ET FRANCOIS LTDA., a través de memorial presentado el 1 de junio de 2017, (Conclusión II.3); que mereció la emisión de la Resolución Jerárquica FDC/OVE IS 400/2017, pronunciada por la autoridad demandada, quien determinó revocar la Resolución de Sobreseimiento, argumentando que el sobreseimiento denota un análisis sesgado y apresurado, ya que no pueden dejarse de lado la lesión jurídica sufrida y todos los elementos investigativos recolectados (Conclusión II.4).

               De lo relatado precedentemente, este Tribunal, concluye que la Resolución Jerárquica FDC/OVE IS 400/2017, contiene argumentos expuestos en forma puntual, motivada, fundamentada y congruente por los cuales la autoridad demandada determinó la revocatoria del sobreseimiento dispuesto por las Fiscales de Materia. Al respecto, corresponde señalar que, conforme la jurisprudencia constitucional citada, que exige la obligatoriedad de fundamentación de las resoluciones por parte de los fiscales y el cumplimiento de las exigencias de estructura de forma como de contenido de la resolución del Fiscal Departamental de Cochabamba, la nombrada Resolución Jerárquica, cumplió con las exigencias legales y jurisprudenciales referidas, teniéndose la valoración de todos los elementos constituyentes para buscar la verdad histórica de los hechos, en tal razón del análisis efectuado supra, no se advierte falta de fundamentación, motivación y congruencia en la Resolución señalada, la cual es coherente y razonable, encontrándose dicho fallo, dentro los márgenes de razonabilidad, en tal razón el debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, alegado por el accionante, no fue vulnerado, correspondiendo denegar la tutela solicitada.