AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2018-CA
Fecha: 02-Feb-2018
acción de inconstitucionalidad concreta
Al respecto, la SCP 0035/2017 de 19 de septiembre, declaró la constitucionalidad del art. 187.3 de la LOJ, Sentencia que fue pronunciada dentro de una acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Rita Irma Fernández Quilo, Jueza Pública de Familia Tercera del departamento de La Paz demandando la inconstitucionalidad del art. 187.3 de la LOJ, por ser supuestamente contrario a los arts. 115.II, 116.I y II, 117.I, 119.I y II; y, 180.II de la CPE.
La accionante de dicho proceso constitucional sustenta su acción en los siguientes fundamentos, contenidos en la referida SCP 0035/2017: “El establecer la declaratoria de una excusa ilegal como una falta grave es algo que transgrede el principio de proporcionalidad, tal y como lo estableció el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la SCP 1840/2013 de 25 de octubre, ya que sancionar a un juez porque se excusó creyendo ingresar dentro de una de las causales previstas y esta decisión fue declarada como ilegal dentro de un año, va en contra del derecho sancionador y equitativo, convirtiéndose en un exceso, que nada tiene que ver con el nivel progresivo y rehabilitador de la sanción, vulnera además el art. 115.II de la CPE, que consagra el derecho al debido proceso, a que con sólo el hecho de declarar ilegal una excusa en un año le hace pasible a una sanción de faltas graves, dado que ésta viene soldada a la resolución del tribunal superior, lo que hace innecesario al proceso disciplinario en sí mismo; así lesiona el principio de presunción de inocencia, de modo que el resultado está determinado sin que exista proceso alguno, ya que basta que haya una resolución que determine la ilegalidad de la excusa, por lo que se le considera culpable antes de que se inicie el proceso, lo que también quebranta el principio de la prohibición de ser sancionado sin haber sido oído, entran como presuntos culpables sobre la base de una resolución que es única e inimpugnable, además irrebatible, siendo que tales principios ante esta norma resultan simplemente líricos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- DENIEGA
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Efectos de la Sentencias Constitucionales Plurinacionales que declaren la constitucionalidad de una norma sometida a control de compatibilidad con la Norma Suprema
- acción de inconstitucionalidad concreta
- II.5. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR