Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2018-RCA
Fecha: 06-Feb-2018
I.2.
La Entidad accionante por medio de sus representantes considera lesionado su derecho al debido proceso y a la garantía a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 115.II, 117.I, 180 y “410.II” de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).