AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2018-CA

Fecha: 15-Feb-2018

Marco Antonio Vega Belaunde


En consulta la Resolución ASMP/MAVB 03/2017 de 18 de diciembre, cursante de fs. 30 a 33, pronunciada por Marco Antonio Vega Belaunde, Autoridad Sumariante del Ministerio Público de Chuquisaca y Potosí, por la que resolvió “no promover” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Soledad Solana Molina Pereira, demandando la inconstitucionalidad de la frase “…no admite incidente o excepciones, excepto las de prescripción, cosa juzgada e incompetencia…” del art. 64 (Desarrollo de la Audiencia Sumaria), Apartado c), Parte y/o punto cuarto del Reglamento de Régimen Disciplinario de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) -Ley 260 de 11 de julio de 2012-, por ser presuntamente contraria a los arts. 8.II, 9, 13, 14.II, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II, 120.I, 178.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE).