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    AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2018-RCA

    Fecha: 08-Feb-2018

    Fragmento 1


    En revisión la Resolución 04 de 18 de octubre de 2017, cursante de fs. 173 a 175, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edwin Carvajal Rojas y Octavio Montaño Orellana contra Macario Lahor Cortez Chávez y Efrén Choque Capuma, ex Magistrados de la Sala Primera Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • instituye la cosa juzgada constitucional, lo que significa que las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional tienen carácter definitivo, absoluto e incontrovertible, de manera tal que sobre el tema resuelto no puede volver a plantearse nuevo litigio a través de recurso alguno,
    • configuran la cosa juzgada constitucional, en el entendido de que contra las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional, no cabe recurso ordinario ulterior alguno, razonamiento que implica que los fallos emitidos por esta instancia, se halla dotados de un carácter de inmutable y definitivo,
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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