Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
a)
Solicitan se conceda la tutela y se disponga que: a) El Juez demandado se pronuncie de forma inmediata en estricta sujeción a los arts. 318 y 320.II del Código de Procedimiento Penal (CPP) con relación a la recusación planteada y sobre todo a los memoriales presentados; b) Haga conocer el contenido del cuaderno procesal, otorgue fotocopias legalizadas pertinentes del mismo, así como la prueba documental de descargo presentada; y, c) Se remita al Ministerio Público los antecedentes de la presente acción de defensa así como al Consejo de la Magistratura.