Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0088/2018-RCA
Fecha: 22-Feb-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
La accionante refiere que: La Resolución Jerárquica agota la vía administrativa, como lo dispone el art. 69 incs. a) y b) de la LPA, lo que implica que procede la acción de amparo constitucional sin necesidad de acudir al proceso contencioso administrativo; y, la SCP 0249/2012 de 29 de mayo, dispone que no es necesario el proceso contencioso administrativo.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- la vía administrativa concluye con la resolución del recurso jerárquico y que el proceso contencioso u otra vía ordinaria no constituyen parte del mismo
- II.3.
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión