AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2018-RCA
Fecha: 22-Feb-2018
1)
La accionante manifiesta que: 1) Mediante Memorándum 016/2016 de 13 de octubre, fue destituida directamente de su cargo de “Responsable Regional de Tarija”, por la Gerente General de la Empresa Estatal de Televisión “Bolivia TV”; 2) El 28 de noviembre de 2016, a través del Auto Inicial de Sumario 016/2016, se le inició un proceso administrativo como Responsable de la Regional de Tarija, emitiéndose la Resolución Sumarial Suplente 010/2017, que dispone ratificar el Memorándum 016/2016, que siendo impugnada a través del recurso de revocatoria, se emitió la Resolución Sumarial Suplente 014/2017, ratificando la Resolución objetada, y habiendo presentado recurso jerárquico el 7 de junio de 2017, se pronunció la RA 066/2017, que resuelve revocar en parte la citada Resolución 010/2017, disponiendo su destitución; 3) Ante la vulneración de sus derechos a la inamovilidad laboral por ser persona con discapacidad y al debido proceso, planteó una acción de amparo constitucional donde el Juez de garantías le concedió la tutela mediante Sentencia 03/2017. Hace notar que como efecto de esa acción tutelar la Gerente General de la Empresa Estatal de Televisión “Bolivia TV”, corrigió su actuar y recién determinó su destitución por efecto del proceso sumario, que hasta antes de ello, solo se ratifica el memorándum de destitución; y, 4) Considera una falacia los argumentos del Juez de garantías al declarar la improcedencia por existir un primer amparo con los mismos hechos y que se encontraría en revisión en el Tribunal Constitucional Plurinacional, no siendo evidente tal aseveración, toda vez que, este último amparo constitucional formulado es producto de lo que se estableció en la SCP 0915/2017-S1 de 28 de agosto, la cual no ingreso al fondo de la problemática, sino que sugirió plantear la acción tutelar contra la autoridad que resolvió el recurso jerárquico y es justamente lo que se hace en esta nueva demanda.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- 1)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 9
- destitución
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad