AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2018-RCA

Fecha: 01-Mar-2018

a)

Refiere que: a) La acción de amparo constitucional interpuesta emerge del incumplimiento de la Conminatoria 055/2017 de 16 de noviembre, considerando periodicidad y continuidad de sus contratos a plazo fijo sujetos al régimen laboral; no obstante de ser madre de un niño con discapacidad; b) Existe excepción al principio de subsidiariedad cuanto se denuncie la vulneración a derechos constitucionales que afecten a personas con capacidades especiales, invocando las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1782/2011-R de 7 de noviembre y 1483/2011-R de 10 de octubre. No solo pretende la restitución de su derecho al trabajo, la estabilidad e inamovilidad laboral, sino que como emergencia de ello, la protección de sus derechos relacionados con la salud y seguridad social, afectan directamente los medios de subsistencia emergente de su trabajo, en favor suyo y de su hijo NN con capacidades especiales; y, c) El Juez de garantías entendió erróneamente que la pretensión sería la conversión de sus contratos a plazo fijo en uno a plazo indefinido, cuando su solicitud se orienta al reconocimiento y restablecimiento inmediato de su derecho al trabajo, estabilidad e inamovilidad laboral con el único fin de precautelar la subsistencia de su hijo, correspondiendo posteriormente dilucidar en la instancia que corresponda, la relación laboral.