Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018
Fecha: 23-Mar-2018
compatibilidad
De esa manera, de la revisión del texto con readecuaciones se verifica que el estatuyente modificó el texto del presente parágrafo siendo coherente con las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales descritas estableciendo que el ejecutivo municipal ejercerá su facultad reglamentaria en base a la normativa emitida por el nivel central del Estado, razón por la cual, procede declarar la compatibilidad del parágrafo III del actual art. 120 del proyecto de Carta Orgánica.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la adecuación de proyectos de estatutos y cartas orgánicas
- III.2.
- Artículo 32. RESPONSABILIDADES DE LOS CONCEJALES.
- DISPOSICIONES SUPRIMIDAS
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- Artículo 71. Distritos municipales.
- II.
- Del antes artículo 72, ahora artículo 70
- el antes art. 72 ahora art. 70
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- 2°
- 3° DISPONER