DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018

Fecha: 23-Mar-2018

DISPOSICIÓN SUPRIMIDA

La DCP 0106/2017 advirtió que el estatuyente no había realizado ningún cambio al texto original del artículo en cuestión del proyecto de COM, respecto a las observaciones realizadas por la DCP 0142/2016. En ese sentido, la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia determinó que sólo se hacía mención de las atribuciones de las subalcaldías de los distritos municipales sin hacer referencia expresa a los distritos indígena originario campesinos, razón de la cual, devino su declaratoria de incompatibilidad.

Así, de la revisión del texto con adecuaciones se advierte que el estatuyente, en base a las observaciones de la mencionada Declaración primigenia, suprimió el ahora art. 42; por lo que, en atención a lo dispuesto por el art. 116 del CPCo, establece que el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado el presente artículo, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control de constitucionalidad.