1)
1) De los antecedentes, se advierte que dentro del proceso penal, la entidad municipal de Uncía, no se apersonó al referido Juzgado como denunciante y mucho menos se halla constituida como víctima en representación del Estado; por lo que, el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado por las autoridades indígena originario campesinas, cumple con los tres ámbitos de vigencia personal, material y territorial por las siguientes razones:
