Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2018-S1
Fecha: 05-Mar-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 170/2017 de 17 de octubre, cursante de fs. 113 a 129, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Hector Jose Tapia Cortez en representación sin mandato de Dionisio Fernando Romero Seminario contra Carlos Hugo Rivero Marín y Edwin Sarmiento Valdivia, ex y actual Fiscal de Materia; y, Raúl Herbas La Fuente, Director Nacional de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) de Bolivia.
- acción de libertad
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA