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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018-S2

    Fecha: 06-Mar-2018

    I.1.1. Hechos que motivan la acción

    Fundamenta su solicitud de tutela, señalando jurisprudencia constitucional establecida en la SC 0542/2010-R de 12 de julio, que dispone que se puede  esperar un plazo prudencial en la remisión de la apelación cuando existan recargadas labores o suplencias etc., debidamente justificadas sin exceder el plazo de tres días, lo contrario implica un procedimiento dilatorio.

    • acción de libertad
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • i)
    • III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • 1)
    • CONFIRMAR
    • b)
    • c)

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