SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0036/2018-S2

Fecha: 06-Mar-2018

III.2.   Análisis del caso concreto

           La parte accionante, refiere que hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, la autoridad demandada no remitió al Tribunal de alzada, los antecedentes correspondientes al recurso de apelación interpuesto contra la Resolución de 20 de septiembre de 2017, incurriendo por ello en dilaciones indebidas.

           De la revisión de antecedentes a los que tuvo acceso el Juez de garantías, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves; el Juez demandado, el 20 de septiembre de 2017, celebró la audiencia pública de aplicación de medidas cautelares, en la cual determinó la detención preventiva del imputado, señalando en la parte     in fine, que el recurso de apelación planteado sea remitido ante la Sala de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, proveyendo los recaudos correspondientes.

           Por otra parte, mediante informe remitido por la autoridad judicial demandada, argumenta que por la falta de personal de apoyo como es el Secretario de su Juzgado, la recargada laboral y la celebración de audiencias que también requerían de atención prioritaria, no pudo remitir oportunamente el recurso de apelación formulado por la parte accionante, pues solamente contaba con el Auxiliar y Oficial de Diligencias; sin embargo, con el fin de llevar adelante sus tareas, afirmó que el recurso de apelación referido ya fue remitido a una Sala de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, según la nota que adjunta.