SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018-S2
Fecha: 06-Mar-2018
i)
Dicha Resolución se fundó en los siguientes puntos: i) De acuerdo a la revisión de antecedentes, se estableció que no se resolvió la excepción de incompetencia planteada por el peticionante de tutela; sin embargo, se constató que en la audiencia de juicio oral, público y contradictorio, se habría considerado y resuelto la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; por consiguiente, ante la falta de pronunciamiento del primero, se abre la competencia de la presente jurisdicción constitucional para garantizar la libertad de la persona; y, ii) Asimismo, efectuada la verificación de la Resolución 001/2017, se comprobó que el Tribunal de garantías concedió la acción de libertad a favor del accionante, disponiendo se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión y que el Juez demandado antes de considerar la revocatoria de la medida sustitutiva, resuelva la excepción de incompetencia, pero la indicada autoridad judicial, no se pronunció al respecto; aspecto por el cual, amerita se otorgue la tutela planteada.