SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2018-S2

Fecha: 06-Mar-2018

II.3.

II.3. Mediante escrito presentado el 4 de abril de 2017, el demandante de tutela planteó excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, bajo el fundamento que el art. “265” lo correcto es 264 del CNNA, establece que la duración del proceso desde la denuncia hasta la Sentencia condenatoria ejecutoriada dictada por el Juez de la Niñez, no deberá exceder el plazo de ocho meses. Asimismo, cursa decreto de 6 del igual mes y año, por el cual, Jerónimo Manu García, Vocal de la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, indicando que al haber emitido Resolución perdió competencia, por lo que, dispuso que el imputado presente dicha excepción de extinción de la acción penal ante la autoridad natural, ordenando la devolución del expediente para su respectivo cumplimiento (fs. 22 a 25 vta.).