Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
II.6.
II.6. El 15 de septiembre de 2017, el Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo del departamento de Oruro, emitió el informe concluyendo que la autoridad demandada no demostró la razón por la que, injustificadamente suspendió el pago de bono de antigüedad a favor de la accionante y enfatizó que de acuerdo a la certificación del CAS y del art. 60 del DS 21060, corresponde se efectué la cancelación de dicho bono (fs. 18 a 22).