SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2018-S2

Fecha: 02-Mar-2018

la situación de vulnerabilidad o de desventaja en la que se encuentren la víctima o denunciante respecto al imputado

Igualmente, en el marco de las medidas de protección hacia las mujeres víctimas de violencia, exigidas al Estado boliviano por las normas internacionales, y también considerando las normas internas, se entiende que las autoridades fiscales y judiciales, deben considerar que, en los casos de violencia contra las mujeres, para evaluar el peligro de fuga contenido en el art. 234.10 del CPP, deberá considerarse la situación de vulnerabilidad o de desventaja en la que se encuentren la víctima o denunciante respecto al imputado; así como las características del delito, cuya autoría se atribuye al mismo; y, la conducta exteriorizada por éste contra las víctimas, antes y con posterioridad a la comisión del delito, para determinar si dicha conducta puso y pone en evidente riesgo de vulneración, los derechos tanto de la víctima como del denunciante.