Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2018-RCA
Fecha: 02-Abr-2018
I.2.
Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos a una debida fundamentación y motivación, al juez natural, a la defensa, a la vivienda, a la propiedad privada; citando al efecto los arts. 9.4, 19.I, 56.I, 115, 116.I y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 17.1 y 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y, 21.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- el proceso ejecutivo es un proceso exclusivamente destinado al cobro de dinero
- I.2.
- a)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- acto lesivo a sus derechos el Auto de admisión de la demanda ejecutiva y la Sentencia 66/2013
- CONFIRMAR