SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2018-S4
Fecha: 10-Abr-2018
concedió en parte la tutela
El Juez de Sentencia Penal Noveno del Departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 28/2017 de 4 de octubre, cursante de fs. 65 a 67, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que las autoridades accionadas remitan en el día la apelación planteada en contra de la Resolución 11/2017 de 25 de enero, ante el Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, con base en los siguientes fundamentos: 1) El art. 125 de la CPE tratándose de medidas cautelares de carácter personal puede ser tutelado a través de la acción de libertad en los casos que afecten las reglas y elementos del debido proceso siempre y cuando cumpla dos aspectos esenciales, primero la directa vinculación del elemento del debido proceso denunciado como afectado con el derecho a la libertad, y el segundo, el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales o bien la indefensión absoluta del accionante; 2) En el presente caso el abogado al apelar la decisión del juez de la causa que dispuso la detención domiciliaria actuó de forma correcta, y estando pendiente la resolución, todavía no se ha agotó la vía ordinaria; 3) Finalmente el hecho de que el trámite de remisión del recurso de apelación no fue atendido hasta la fecha de la interposición de la presente acción por parte de las autoridades demandadas, resulta intolerable ya que si bien el Tribunal ha observado de que existe algunas fallas en cuanto al cuaderno de apelación y al no ser corregido y remitido desde abril del 2017, se estaría ingresando en retardación de justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte la tutela
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Activación simultánea del recurso de apelación y la solicitud de medidas cautelares ante la jurisdicción ordinaria
- III.2. Análisis del
- REVOCAR