SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2018-S4

Fecha: 10-Abr-2018

Fragmento 3

La existencia de una apelación pendiente no es óbice para el normal trámite ante una nueva solicitud de modificación de medidas cautelares; sin embargo de forma extraña el Tribunal dispuso receso de diez minutos y regresando del mismo el Juez Presidente hizo mención errónea a la SC 1500/2011 de 11 de octubre, que no tiene relación con el caso específico y no es un precedente análogo, desconociendo cuáles serían los nuevos fundamentos que permitirían al Tribunal considerar la modificación de medidas cautelares, desnaturalizando por completo el carácter oral y público del proceso penal.