Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2018-S3
Fecha: 10-Abr-2018
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Carlos Martin Camacho Chávez, Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, por informe escrito de 16 de noviembre de 2017 cursante a fs. 60, manifestó que; el incidente de actividad procesal defectuosa presentado el 10 de noviembre de igual año por los ahora accionantes, fue corrido en traslado mediante providencia de 13 del mes y citado año y que aún no había sido notificado a ninguno de los sujetos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedieron parcialmente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debido a que se constituye un medio compulsivo para evitar dilaciones indebidas en el proceso ocasionadas por la incomparecencia de los imputados o procesados
- … acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella…'
- 1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley'”
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR