Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
Fragmento 3
Refiere que, el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, a pesar de haber transcurrido los cinco días que el Fiscal Departamental contaba para pronunciarse sobre el sobreseimiento elevado en consulta, no emitió el correspondiente mandamiento de libertad conforme lo determina la “SC-1084/2011”, el que fue solicitado expresamente mediante memorial de 4 de noviembre de 2017; empero, el Juez demandado no dio curso al mismo, alegando verbalmente que esperaría la remisión del sobreseimiento por parte de la Fiscalía Departamental; razón por la que, continúa ilegalmente detenido.
- acción de libertad
- I.1.1.
- Fragmento 3
- I.2.1
- a)
- denegó
- II.1.
- III.
- i)
- SCP 0725/2014 de 10 de abril
- Considerando que de la lectura del segundo párrafo del art. 324 del CPP, el fiscal solo está impelido a remitir la resolución de sobreseimiento de oficio cuando no se haya constituido parte querellante, o en su caso, ésta se haya ausentado o abandonado el proceso penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR