SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2018-S3

Fecha: 20-Abr-2018

III.3. Análisis del caso concreto

De los fundamentos expuestos en el memorial de acción de libertad y el informe suscrito por Héctor Yabeta Alba, Juez Público Mixto en lo Civil y Comercial de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Robore ahora demandado, se evidencia que al encontrarse dicha autoridad en suplencia legal el 13 de noviembre de 2017, llevó a cabo audiencia de medidas cautelares contra Johan Peters Harder -accionante-, en la que dispuso la medida cautelar de detención preventiva en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz; empero, contra dicha determinación interpuso en forma oral recurso de apelación incidental; sin embargo al momento de enviar lo obrado al juzgado de origen fue sin el tenor de que se remitan los actuados al Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en grado de apelación.

La Jueza demandada remitió los antecedentes procesales ante el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz el 28 de noviembre de 2017, transcurriendo quince días, plazo que supera de forma abundante al previsto en el art. 251 del CPP; justificando la demora por recibirla incompleta; sin embargo, conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional. Las autoridades judiciales demandadas se encontraban obligadas a adoptar las medidas administrativas pertinentes para el cumplimiento del plazo, hecho que provocó de manera directa dilación en remisión de obrados ante el superior en grado, vulnerando el principio de celeridad.